Los perceptores de una prestación o subsidio podrán compaginar estos ingresos con un salario. Es decir, que mientras se cobra una ayuda por parte del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) será posible desempeñar una actividad laboral. Para disfrutar de esta ventaja habrá que cumplir unos requisitos.
Recientemente el Consejo de Ministros aprobaba la reforma del subsidio por desempleo, que contempla unas cuantas novedades. Entre ellas se recoge una mejora de las cuantías, una ampliación de los beneficiarios, además de la posibilidad de percibir un ingreso del paro al tiempo que se trabaja.
El texto permite compatibilizar el cobro de una prestación por desempleo con un sueldo. La duración máxima del subsidio se mantiene en los 30 meses. Se podrá compaginar con un salario por un máximo de 180 días por cada nuevo empleo, sin que durante ese tiempo se rebaje la cuantía.
A ello se le une, además, la mejora en los subsidios, que pasarán de 480 euros mensuales a 570 euros durante los seis primeros meses. Hasta ahora se tomaba como referencia el 80% del IPREM, pero se elevará al 95%.
Cuándo se podrá trabajar y cobrar la prestación por desempleo
Las personas que cobren una prestación contributiva por desempleo también tendrán la posibilidad de trabajar al mismo tiempo. Para ello es preciso que al menos hayan cobrado un año el paro y que el sueldo que perciban no rebase los 1.350 euros mensuales (225% del IPREM).
En cualquier caso, para beneficiarse de esta nueva medida habrá que esperar aún unos meses. La intención es que entre en vigor a partir del próximo año. Desde el Gobierno explican que está pensada para "proteger a los parados de larga duración".
El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, incide en los graves problemas para conseguir un empleo cuando se superan los 12 meses en el paro.
Se habilitarán mecanismos de control para evitar posibles fraudes en cuanto a la obtención de prestaciones. Para ello el SEPE y la Inspección de Trabajo trabajarán de la mano. Ambos organismos se encargarán de decidir los casos en los que se podrán compatibilizar el trabajo asalariado con las prestaciones del paro.