El auge de las transacciones digitales y el uso masivo de internet han traído consigo un preocupante incremento de las ciberestafas en los últimos años. Métodos como el phishing, que engañan a las víctimas haciéndose pasar por entidades de confianza, han generado importantes pérdidas económicas y afectado a miles de personas. Ante este panorama, cada vez son más las iniciativas que buscan abordar esta problemática y ofrecer apoyo a los afectados.
En respuesta al creciente número de ciberestafas, Hacienda ha implementado una medida que permite a las víctimas de estos delitos compensar las pérdidas económicas sufridas en su declaración de la renta. Esta iniciativa busca aliviar el impacto financiero que enfrentan los afectados por fraudes digitales.
¿Cómo funciona esta deducción?
A partir del ejercicio fiscal de 2023, los contribuyentes que hayan sido víctimas de ciberestafas pueden declarar las pérdidas económicas como pérdidas patrimoniales en su Declaración. Para ello, es imprescindible que las pérdidas estén debidamente justificadas y documentadas.
Para que Hacienda acepte la deducción de las pérdidas por ciberestafa, es necesario cumplir con ciertos requisitos. De entrada, el contribuyente debe presentar una denuncia ante las autoridades competentes, detallando el incidente de la estafa. Asimismo, es fundamental aportar pruebas que respalden la pérdida económica, como extractos bancarios, comunicaciones con los estafadores o cualquier otro documento relevante. En algunos casos, Hacienda puede requerir una resolución judicial que confirme la existencia de la estafa y la imposibilidad de recuperar los fondos.
Una vez recopilada toda la documentación necesaria, el contribuyente debe reflejar las pérdidas en la declaración de la renta del año en que ocurrió la estafa. Estas pérdidas se consignarán en la casilla correspondiente a "Otras pérdidas patrimoniales a integrar en la base imponible general" (casilla 305). Es importante asegurarse de que toda la información proporcionada sea precisa y esté respaldada por la documentación pertinente.
Limitaciones, consideraciones y recomendaciones para los contribuyentes
Las pérdidas patrimoniales derivadas de ciberestafas solo pueden compensar hasta el 25% del saldo positivo de los rendimientos e imputaciones de renta en el mismo año fiscal. En el supuesto de que la pérdida exceda este límite, el remanente podrá ser compensado en los cuatro años siguientes. Además, Hacienda enfatiza la importancia de que las pérdidas estén "suficientemente justificadas", por lo que la presentación de pruebas sólidas es esencial para la aceptación de la deducción.
Dado que este cambio en la normativa fiscal es relativamente reciente, se aconseja a los contribuyentes que hayan sido víctimas de ciberestafas que consulten con un asesor fiscal. Un profesional podrá brindar orientación específica sobre cómo proceder en cada caso y garantizar que se cumplan todos los requisitos establecidos por Hacienda. Además, es recomendable mantenerse informado sobre posibles actualizaciones o modificaciones en la normativa que puedan afectar a este tipo de deducciones.